Nuevas medidas tributarias
El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, establece determinados cambios en la normativa tributaria que queremos resumir en este Informe.
- TIPOS IMPOSITIVOS IVA
Para 1 de enero de 2023 y por un período de seis meses, se fijan nuevos tipos de IVA para determinados artículos:
- Aceites de semillas y pastas alimenticias, el 5% fijándose un recargo de equivalencia del 0.625%.
Esta medida se revisará con el dato de IPC subyacente (sin alimentos frescos y energía) del mes de marzo que se publicará en abril; si el dato está por debajo del 5.5% el tipo impositivo volverá al 10% y el recargo de equivalencia al 1.4% el 1 de mayo de 2023.
- Los siguientes artículos pasan a un 0% de IVA y un 0% de recargo de equivalencia con un sistema de revisión idéntico al del aceite y pastas;
- Pan común y pan común congelado y harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leches de cualquier origen animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Quesos y huevos.
- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales que tengan el carácter de naturales.
- APOYO AL SECTOR PRIMARIO.
El sector primario gozará de una ayuda extraordinaria de 0.20 litros por litro de gasoil agrícola consumido durante el ejercicio 2022 y que sea objeto de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos.
Esta ayuda se abonará en el procedimiento de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos y se iniciará a partir del 1 de abril de 2023.
También se aprueba una ayuda extraordinaria para paliar el coste de fertilizantes a razón de 22,00 euros hectáreas de secano y de 55,00 por hectárea de regadía.
Los beneficiarias será aquellos agricultores que tengan aprobada ayudas PAC para 2022 por encima de 200,00 euros y la extensión objeto de la ayuda será la misma que la contenida en la solicitud de dicho ejercicio.
- AYUDAS A EMPRESAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA.
Será extraordinaria y temporal para aquellas empresas de transporte por carretera con derecho a devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. El importe de la ayuda ascenderá a 0.20 litro entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023 y de 0.10 euros litro entre el 1 de abril y el 30 de junio. La ayuda estará condicionada a que la compra se haya realizado mediante tarjeta profesional.
Para aquellas empresas que no se beneficien de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, se fija una ayuda a tanto alzado por vehículo. La ayuda se podrá solicitar entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2023 ante la Agencia Tributaria.
- MORATORIA CONTABLE POR PÉRDIDAS DE LOS EJERCICIOS 2020 Y 2021.
No se tendrán en cuenta hasta el ejercicio 2024 las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 para determinar si hay causa de disolución en mercantiles por reducción del patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social.
- AYUDAS A FAMILIAS QUE NO SUPEREN DETERMINADOS UMBRAL ECONÓMICO.
Las familias con unos ingresos inferiores a 27.000,00 y un patrimonio inferior a 75.000,00 podrán acceder a una ayuda de 200,00 euros.
Dicha ayuda se podrá solicitar entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2023.
No tendrán derecho a la misma pensiones y perceptores del mínimo vital.