Ley 6/2017 de reformas urgentes del trabajo autónomo

El pasado día 25 de octubre el BOE publicó la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo; un conjunto de medidas que quieren mejorar las condiciones de trabajo del trabajador del régimen especial del trabajador autónomo.

Desde ASERINFISCO queremos mantener informados a nuestros clientes de las novedades legislativas que les afectan y con este informe iniciamos una serie informando de las novedades que incluye la nueva ley. En esta ocasión informamos sobre el apartado de medidas para facilitar la cotización.

La primera medida que regula la nueva ley es la REDUCCIÓN DEL RECARGO POR INGRESO FUERA DE PLAZO; es conocido que la mera tardanza de un día en el pago de los seguros sociales suponía un recargo del 20%; ahora este recargo queda reducido al 10% durante el primer mes de retraso, siguiendo el 20% para ingresos posteriores a ese primer mes. Si la liquidación no es voluntaria y es por parte de la Seguridad Social, el recargo es del 20% si se paga antes del fin del plazo concedido y del 35% si se hace después.

En el supuesto de COTIZACIÓN DE PLURIACTIVIDAD (aquellos trabajadores que cotizan simultáneamente en dos regímenes, autónomo y por cuenta ajena), la Seguridad Social antes del 1 de mayo reintegrará el 50% del exceso cotizado en el año anterior (según una cifra a determinar en cada Ley de Presupuestos Generales del Estado).

Para nuevos autónomos que entren en pluriactividad, podrán elegir entre el 50 por ciento de la base mínima de cotización establecida anualmente con carácter general en la Ley de Presupuestos Generales del Estado durante los primeros dieciocho meses, y el 75 por ciento durante los siguientes dieciocho meses, hasta las bases máximas establecidas para este régimen especial.

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