APROBACIÓN SUBVENCIÓN DIRIGIDA A FOMENTAR PYMES TURÍSTICAS DE ANDALUCÍA

Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.

Cuadro resumen:

  • No existe posibilidad de solicitar dos o más subvenciones
  • Ámbito territorial de competitividad: la provincia
  • No se permite la reformulación de solicitudes.
  • Beneficiarios: Pymes y empresas de trabajo autónomo turísticas de Andalucía.
  • Tramitación electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/servicios.html
  • Porcentaje máximo de la subvención 100 %.
  • Gastos subvencionables: Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC), adquisición y tratamiento de software, adquisición de equipos o dispositivos electrónicos destinados a la oferta de productos y servicios turísticos innovadores, la prestación de asesoramiento para la realización de actividades directamente relacionadas con la implantación de nuevas tecnologías TIC.
  • Sólo podrán compensarse unos gastos subvencionables con otros cuando la subvención se hubiera concedido para financiar inversiones o gastos de distinta naturaleza. Porcentaje máximo a compensar 30%.
  • No se exige la aportación de fondos propios.
  • Es compatible con otras subvenciones, pero no se podrá superar con todos los importes obtenidos el coste total de la actividad subvencionada.
  • Posibilidad de subcontratación hasta un máximo del 80%.

Modificación de las siguientes Ordenes:

  • Orden de 27 de julio de 2017
  • Orden de 5 de enero de 2018
  • Orden de 1 de agosto de 2018

La aprobación de las bases reguladoras dirigidas a fomentar la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía y las modificaciones de las ordenes mencionadas anterioremente se recogen en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/122/BOJA20-122-00072-6693-01_00174066.pdf

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