ABIERTO EL PLAZO para solicitar Subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de ejercicio físico, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y ResilIencia NEXTGENERATION EU

Convocatoria

Extracto de la Orden de 21 de abril de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s), dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia «NextGenerationEU», y se efectúa su convocatoria.

  •  Solicitantes: EELL

 Entidades Locales Andaluzas (provincias, municipios o entidades locales autónomas) que, de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria aplicable al ámbito local ostenten las competencias relacionadas con la finalidad prevista en la presente orden, siempre que ostenten la disponibilidad, a título de propiedad o cesión de instalaciones adecuadaspara el ejercicio de su función por parte de las UAEF,s.

  • Plazo de presentación:  Desde el 17/05/2023 hasta 30/06/2023.
  • Objeto

 Creación de Unidades Activas de Ejercicio Físico o denominación equivalente (UAEF,s) en los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Serán subvencionables aquellos gastos que tengan como finalidad la creación, construcción o adquisición de inmovilizado material, para la renovación/mejora/adaptación de las instalaciones y equipamientos que sean propiedad o se encuentren en posesión de las Entidades locales andaluzas, destinadas a las actividades a llevar a cabo por las Unidades Activas de Ejercicio Físico. Entre los gastos aludidos se comprenden los siguientes:

  1. Costes inherentes a la transmisión por terceros, en virtud de cesión, arrendamiento, usufructo u otro negocio jurídico de similar naturaleza, de espacios físicos como los de preparación de los emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las Unidades Activas de Ejercicio Físico, los correspondientes a la entrega inicial y los de manipulación o transporte posterior, los relativos a la instalación, los honorarios profesionales, tales como los pagados a arquitectos, ingenieros o fedatarios públicos, así como las comisiones y remuneraciones pagadas a agentes o intermediarios.
  2. Costes derivados de la adaptación, mediante obras de reforma, mantenimiento o conservación de los emplazamientos físicos donde deban estar ubicadas las UAEF,s, así como los de materiales, bienes, servicios y, en general, cuantos gastos se deriven y sean necesarios para la ejecución de la obra, incluso los salarios de las personas contratadas o adscritas a la ejecución de las obras, siempre que no se realicen por el personal propio de la entidad solicitante. Estos salarios corresponderán a contrataciones temporales por el período que dure la realización de la inversión respectiva, dentro de los términos y condiciones que al efecto establezca la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma del ejercicio.
  3. Los honorarios por redacción de proyectos, peritaciones, etc, relacionados con la transmisión o cesión por terceros de espacios físicos o con las obras de reforma, mantenimiento o conservación expuestas en los apartados anteriores.
  4. La adquisición del mobiliario y equipamiento necesario para dotar las sedes, siempre que estén directamente relacionados con las actividades de las UAEF,s, así como los gastos de transporte, entrega e instalación de maquinarias y equipos.
  5. Programas informáticos o sistemas operativos integrados en equipos afectos directamente a las actividades de las UAEF,s sin los que dichas Unidades no puedan funcionar correctamente, así como los costes de licencias y otros derechos intangibles que sea necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.
  6. Otros gastos derivados de trabajos realizados por empresas o profesionales que se consideran imprescindibles para ejecutar la inversión.

Se podrán solicitar tantas subvenciones como UAEFs se pretenda crear, en emplazamientos físicos a disposición de las entidades solicitantes a título de propiedad o en virtud de cesión u otro negocio jurídico que le atribuya el derecho de uso.

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