ABIERTO EL PLAZO de subvenciones dirigidas a la transformación de flotas de transporte de personas viajeras y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario.

BENEFICIARIOS:

Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de alguna de siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas, y tenga su residencia fiscal en Andalucía:

 

  • Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tm de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
  • Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
  • Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tm. de masa máxima, identificada con la clave MPCE.
  • Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.
  • Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tm de masa máxima a fecha de aprobación del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, modificado por la Orden RMA138/2022, de 28 de febrero.

 

OBJETO: solo se admitirán actuaciones de las ayudas iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

Actividad 1: El achatarramiento de vehículos.

Actividad 2: La adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono.

Actividad 3: El «retrofit» o modificación de la forma de propulsión de vehículos.

Actividad 4: La implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Actividad 5: La adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

Actividad 1.- Achatarramiento

Límite máximo de ayuda de 30 vehículos por solicitante, salvo personas físicas, que tendrán un límite de 1 vehículo por solicitante. La subvención por vehículo no será inferior a 2.500 € ni superior a 25.000 €.

 

Actividad 2.- Adquisición de vehículos nuevos con energías alternativas bajas en carbono.

Límite máximo de ayuda de 50 vehículos por solicitante, salvo personas físicas, que tendrán un límite de 1 vehículo por solicitante. La subvención por vehículo no será inferior a 10.000 € ni superior a 200.000 €.

 

Actividad 3.- «Retrofit» o modificación de la forma de propulsión de los vehículos.

Límite máximo de ayuda de 50 vehículos por solicitante, salvo personas físicas, que tendrán un límite de 1 vehículo por solicitante. La subvención por vehículo no será inferior a 6.000 € ni superior a 20.000 €.

 

Actividad 4.- Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Límite máximo de ayuda por punto de recarga no será inferior a10.000 € ni superiora 70.000 €

ITACIÓN (Continuación)

Actividad 5.- Adquisición de semirremolques para uso en autopistas ferroviarias.

Ayuda fija de 1.000 € para adquisición de semirremolques aptos para su uso en

Autopistas ferroviarias

Límite máximo de ayuda de 30 vehículos por solicitante, salvo personas físicas, que tendrán un límite de 1 vehículo por solicitante.

 

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

Actividades 1, 2, 3 y 5: desde el 26/05/2022 hasta el 30/04/2024

Actividad 4: desde el 26/05/2022 hasta el 31/12/2023.

Presentación telemática

 

 

JUSTIFICACIÓN:

12 meses desde la fecha de Resolución de  Concesión de la Ayuda.

 

Para cada actuación, se aportará la documentación justificativa relacionada en el Anexo III del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre: BOE (Sec. I. Pág. 141568).

 

 

Extracto

Convocatoria

Bases reguladoras

Recommended Posts
Contáctanos

Puede enviarnos un correo electrónico y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.

Not readable? Change text. captcha txt

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies